En el distrito de San Vicente de Cañete, siendo las nueve de la mañana del día veintisiete de enero del año dos mil veintiséis, se reunieron los señores Jueces Superiores de la Sala Penal de Apelaciones en adición Sala Penal Liquidadora Transitoria de Cañete; Doctores Luis Enrique García Huanca (Presidente), Federico Quispe Mejía y Edmundo Guillen Gutiérrez (integrantes), y El Secretario Relator de la Sala Penal Liquidadora, Cesar Augusto Yovera Vargas; a fin de programar la PRIMERA AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA que se llevara a cabo de manera virtual a través del siguiente enlace: https://meet.google.com/yrr-ueco-umt, SEÑALÁNDOSE para el día DIECISIETE DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en cumplimiento a lo señalado por Resolución Administrativa N° 000068-2026-PR-CSJCÑ-PJ de fecha 23 de enero de 2026, a efecto de que se garantice que los procesos penales con reos en cárcel se tramiten dentro del plazo fijado por ley y el derecho de todo procesado a ser juzgado en el plazo razonable o de ser puesto en libertad por exceso de detención. conforme lo dispone el Decreto Ley 25476; en consecuencia DISPUSIERON; OFICIAR al Juzgado Penal Liquidador de Cañete, Juzgado Penal Liquidador de Mala, Juzgado Mixto de Yauyos, Fiscalía Superior Penal de Cañete, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos y al Establecimiento Penitenciario de Nuevo Imperial; a fin de que INFORMEN antes de la fecha señalada, el PLAZO DE DETENCION de los acusados cuyos procesos estén pendientes de dictar SENTENCIA y/o DICTAMEN así como la relación de internos en el establecimiento penal indicado; audiencia programada en la que participara el representante del Ministerio Publico – Fiscal Superior Penal de Cañete y el Defensor Público – Abogado de la Defensoría Pública de Cañete, asignado a la Sala Penal Liquidadora Transitoria; ORDENARON; publicar la presente acta en el diario oficial “El Peruano”, y en el de mayor circulación de esa localidad por el plazo de tres días para conocimiento del público en general dándose estricto cumplimiento a lo ordenado; oficiándose S.S GARCIA HUANCA QUISPE MEJIA GUILLEN GUTIERREZ