El aforismo romano “dura lex, sed lex”(“la ley es dura, pero es la ley”) ha sostenido durante siglos la idea de que el juez debe limitarse a aplicar el texto legal con estricta objetividad, sin atender a consideraciones morales o sociales. Sin embargo, en la evolución del pensamiento jurídico moderno, esta visión formalista resulta insuficiente para garantizar la justicia material, pues, como señalaba Gustav Radbruch, “el Derecho Injusto, no es Derecho”. Surge así la necesidad de reivindicar una máxima más humana y democrática: “la justicia no siempre está en la ley”.
Este enunciado encierra una profunda reflexión sobre la función judicial en el Estado constitucional de derecho. La ley, producto de la voluntad del legislador, puede ser imperfecta, desfasada o incluso injusta frente a las realidades sociales cambiantes. Por ello, el juez no puede limitarse a ser —en palabras de Montesquieu— “la boca que pronuncia las palabras de la ley”. Debe, en cambio, asumir un rol activo como garante de la justicia sustantiva, interpretando la norma conforme a la Constitución, los derechos fundamentales y los principios generales del Derecho.
El control difuso de constitucionalidad, reconocido en el artículo 138° de la Constitución peruana, otorga al Juez la potestad de inaplicar una norma cuando la considere contraria a la Carta Magna o a los valores superiores del ordenamiento. Este mecanismo no es una desobediencia al legislador, sino una expresión de fidelidad al Derecho mismo, entendido -como enseñó Ronald Dworkin- no como un conjunto de reglas, sino como un sistema de principios que orientan la decisión judicial hacia la justicia y la coherencia moral.
Asimismo, el juez que interpreta más allá de la letra de la ley, con una debida motivación y claridad, contribuye a la seguridad jurídica y la paz social de nuestras comunidades, porque fortalece la confianza ciudadana en que el sistema de justicia no se somete a rigideces normativas, sino por la búsqueda de equidad y respeto a la dignidad humana. Como recordaba Ferrajoli, la legitimidad del Poder Judicial no proviene de la obediencia ciega a la ley, sino de su compromiso con los derechos fundamentales.
En suma, afirmar que “la justicia no siempre está en la ley” es reivindicar la misión más alta del Juez: la de humanizar el Derecho, armonizar la norma y la realidad, y sostener, desde la interpretación prudente, la Justicia como valor supremo del orden social.