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Por Administrador
Publicado en 16/10/2025 11:12
EDICTO

EDICTO JUDICIAL

Expediente Nº 00023-2025-0-0803-JP-CI-01, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, que despacha la Sra. Jueza Carmen Nelly Rangel Purilla y Especialista Judicial Giovanna Elizabeth Mendoza Magallanes, se tramita el Expediente Nº 00023-2025-0-0803-JP-CI-01, seguido por el solicitante CHUMPITAZ PAITAN JOSE LUIS, sobre SUCESIÓN INTESTADA, se expidió la Resolución Nº UNO (31-03-2025): SE RESUELVE: ADMITIR a TRÁMITE en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO la DEMANDA de SUCESIÓN INTESTADA interpuesta por CHUMPITAZ PAITAN JOSE LUIS, quien solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su madre FELICITA PAITAN MERGE, fallecida el 21 de Diciembre de 2024, en el Asentamiento Humano Josefina Ramos Mz. F1 Lote 21-A, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima; llamándose a los presuntos herederos si los hubiera, para que se apersonen con arreglo a Ley. Notificándose.

Jesús Gonzalo Canales Alfaro

Abogado

Reg. C.A.L. N° 12159

Publicar: 16 y 17 de Octubre de 2025.

 

 

 

EDICTO

Ante el 1º Juzgado Civil de Cañete, Expediente Nº 00574-2025-0-0801-JR-CI-01, se ha emitido la Resolución Nº 01 (24-09-2025) que resuelve: ADMÍTASE A TRÁMITE la demanda interpuesta por JAIME ESTEBAN ARIAS STUART, quien actúa por derecho propio y en representación de la SUCESIÓN DE CARMEN ELOISA CABALLERO PERALTA contra SUCESIÓN DE AVIGAIL CONSUELO HUAPAYA AUDANTE conformada por ABIGAIL CONSUELO CANDIOTI HUAPAYA, CESAR AUGUSTO CANDIOTI HUAPAYA, VÍCTOR RAÚL CANDIOTI HUAPAYA y ROLANDO CANDIOTI HUAPAYA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, INSCRIPCIÓN Y CANCELACIÓN DE PARTIDA REGISTRAL, debiendo tramitarse en la vía procedimental del PROCESO ABREVIADO 2º) TÉNGASE por ofrecido los medios probatorios, 3º) CÓRRASE TRASLADO de la demanda a los demandados SUCESIÓN DE AVIGAIL CONSUELO HUAPAYA AUDANTE conformada por ABIGAIL CONSUELO CANDIOTI HUAPAYA, CESAR AUGUSTO CANDIOTI HUAPAYA, VÍCTOR RAÚL CANDIOTI HUAPAYA y ROLANDO CANDIOTI HUAPAYA, para que en el plazo de DIEZ DÍAS conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. NOTIFÍQUESE a los colindantes del predio sub litis, señor Liner Elías Cano Núñez en su domicilio, sito en Domingo Ponte Nº 847 del distrito de Magdalena, provincia y departamento de Lima; asimismo, NOTIFÍQUESE por Edicto Judicial al colindante del Lote 14, ubicado en la Playa Los Lobos, distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete, con el extracto del auto admisorio, a fin de que exprese lo pertinente conforme a su derecho. Firma Juez Cahuana, Secretario Melgarejo.

Cañete, 14 de Octubre de 2025.

Luis Alberto Melgarejo Fernández

Secretario Judicial

Primer Juzgado Civil

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 15, 16 y 17 de Octubre de 2025.

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