Hasta el momento, ninguna de las organizaciones políticas inscritas para participar en las Elecciones Generales 2026 presentó su pedido para la conformación de alianzas electores, aseguró el vocero del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Eder Quiroz.
“A la fecha, considerando la fecha límite de solicitud de conformación de alianzas electorales, no hemos recibido solicitudes; ningún expediente técnico se ha presentado para conformar alianzas electorales”, sostuvo en Canal N.
La fecha límite para presentar las solicitudes para la conformación de alianzas electorales es el 2 de agosto, de acuerdo al cronograma electoral.
El vocero del JNE aseguró que los 43 partidos políticos con inscripción vigente ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) hasta el 12 de abril del 2025, puede conformar alianzas electorales.
“De no llegarse a la conformación de alianzas, los partidos políticos mantienen su individualidad como partidos y participan en forma autónoma en las elecciones generales”, refirió.
Explicó que para solicitar la conformación de alianzas electorales, los partidos políticos con inscripción vigente deben presentar un acuerdo conjunto para conformar la alianza, documento en el cual se debe definir eventualmente las candidaturas, la denominación de la alianza, el símbolo, sus personeros, entre otros requisitos.
“Se debe definir cómo van a funcionar con una alianza electoral”, aseguró el vocero del JNE.
Detalló que el plazo para presentar la solicitud para forma alianzas vence el 2 de agosto. Concluido el plazo, la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas iniciará la calificación de las solicitudes hasta el 1 de setiembre, fecha en que deben quedar inscritas todas las alianzas.
El 2 de agosto vence el plazo para inscribir alianzas electorales ante la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), de acuerdo al cronograma electoral aprobado por el máximo organismo electoral.
La Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas dará a conocer el 1 de setiembre qué alianzas electorales cumplieron con los requisitos para lograr su inscripción, en función de lo que establece al respecto en las normas internas de dichas organizaciones políticas
El plazo para realizar las modificaciones en sus estatutos y reglamentos venció el pasado 11 de junio y, según informó el JNE, casi la mitad de los 43 partidos políticos solicitaron la actualización de sus estatutos.
¿Cuáles son los requisitos para formar alianzas electorales?
Según la Ley de Organizaciones Políticas, una alianza electoral debe estar conformada por dos o más organizaciones políticas con inscripción vigente.
Para solicitar su inscripción deben presentar un acta del acuerdo para la conformación de la alianza electoral firmada por sus autoridades partidarias; indicar el proceso electoral en el cual participarán; los objetivos de la alianza; el nombre y símbolo que los representará y sus órganos de gobierno.
Asimismo deben designar a sus representantes, personeros y tesoreros; indicar cómo se distribuirán las candidaturas y el financiamiento público directo que le pueda corresponder a la alianza, y precisar la modalidad que emplearán para la elección de sus candidatos, entre otros.
Valla electoral
La Ley de Organizaciones Políticas, en su artículo 13, establece que las organizaciones políticas compitan en las elecciones formando alianzas requieren alcanzar el 6 % de los votos válidos para conservar su inscripción electoral. Adicionalmente se elevará en 1 % por cada partido que se sume a la alianza.
