DECRETO DE ALCALDÍA N° 005-2025-AL-MPC
Cañete, 06 de marzo del 2025
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE:
VISTOS:
El Decreto de Alcaldía N° 003-2025-AL-MPC, de fecha 19 de febrero del 2025, el INFORME N° 054-2025-SGPC-GDSYH-MPC, de fecha 03 de marzo del 2025, la Sub. Gerencia de Participación Ciudadana, el INFORME N° 271-2025-GDSYH-MPC, de fecha 03 de marzo del 2025, el Gerente de Desarrollo Social y Humano, el PROVEÍDO N° 324-2025-GM-MPC, de fecha 03 de marzo del 2025, del Gerente Municipal, el Informe Legal N° 166-2025-OGAJ-MPC, de fecha 05 de marzo del 2025, la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 286-2025-GM-MPC, recepcionado el 05 de marzo del 2025, de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en el Artículo 194° de la constitución política del Perú, concordante con el Articulo Del Título preliminar de la orgánica de municipalidades, Ley 27972, los gobiernos los locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo concuerda con el Artículo 39° de la ley orgánica citada establece que los concejos municipales establecen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanza y acuerdos .ergo. la autonomía que la constitución le otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y administración, con sujeción a derecho;
Que, conforme al núm. 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972, establece como atribución del alcalde dictar DECRETOS y resoluciones de ALCALDÍA, CON SUJECIÓN A LAS LEYES Y ORDENANZAS, LOS DECRETOS DE ALCALDÍA ESTABLECEN NORMAS REGLAMENTARIAS Y DE APLICACIÓN DE LAS ORDENANZAS, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal, conforme al Artículo 42° del mismo cuerpo legal.
Que, mediante DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2025-AL-MPC, de fecha 19 de febrero del 2025, se resuelve: “Artículo primero. – Convocar a elecciones de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local de la Provincia de Cañete (…); conforme al cronograma que se anexa al presente decreto de alcaldía (…)”.
Que, mediante INFORME N° 054-2025-SGPC-GDSYH-MPC, de fecha 03 de marzo del 2025, la Sub. Gerencia de Participación Ciudadana de la MPC, solicita la modificación del artículo primero del DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2025-AL-MPC de fecha 19 de febrero del 2025, con relación al cronograma de elecciones de representantes de la sociedad civil ante el CCL de la provincia de Cañete, periodo 2025-2026, en tal sentido, adjunta cronograma actualizado del proceso de elecciones.
Que, la ORDENANZA MUNICIPAL N° 02-2025-MPC, ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL, ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL PROVINCIAL DE CAÑETE, tiene por objeto establecer y regular los mecanismos y procedimientos a través de los cuales las organizaciones de la sociedad civil inscrita ante el gobierno local provincial designan a sus representantes ante el Concejo de Coordinación local provincial.
Que, de acuerdo al Artículo 12° de la ordenanza, el COMITÉ ELECTORAL SERÁ DESIGNADO MEDIANTE RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA, siendo un órgano autónomo, que tendrá a cargo la elaboración del cronograma electoral, es responsable de la conducción y desarrollo democrático y transparente del proceso electoral del representante de las organizaciones de la sociedad civil. El Comité Electoral estará conformado por tres (03) miembros un presidente y dos miembros designados entre los funcionarios de la Municipalidad Provincial de Cañete, conforme al siguiente detalle: Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Tecnología de la Información – presidente; Gerente de Administración Tributaria – integrante; y, Sub Gerente de Participación Ciudadana – integrante.
Que, mediante RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 027-2025-AL-MPC, de fecha 19 de febrero del 2025 se CONFORMÓ el Comité Electoral para la elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial para el período 2025-2026, conforme se detalla en dicha disposición, el mismo que estará a cargo de la elaboración del cronograma electoral, y es responsable de la conducción y desarrollo democrático y transparente del proceso electoral del representante de las organizaciones de la sociedad civil, conforme al Artículo 12° de la ORDENANZA MUNICIPAL N° 02-2025-MPC.
Que, el Artículo 15° de la ORDENANZA MUNICIPAL N° 02-2025-MPC, tipifica: “El alcalde provincial mediante decreto de alcaldía convocara a la inscripción y elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil que integraran el Consejo de Coordinación Local Provincial de Cañete (…)”.
Que, finalmente, de acuerdo al numeral 6 del Artículo 20° de la Ley N° 27972, es atribución del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas.
Que, mediante INFORME N° 054-2025-SGPC-GDSYH-MPC, de fecha 03 de marzo del 2025, la Sub. Gerencia de Participación Ciudadana de la MPC, solicita la modificación del artículo primero del DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2025-AL-MPC, de fecha 19 de febrero del 2025, con relación al cronograma de elecciones de representantes de la sociedad civil ante el CCL de la provincia de Cañete, periodo 2025-2026, en tal sentido, adjunta cronograma actualizado del proceso de elecciones.
Que, mediante INFORME N° 271-2025-GDSYH-MPC, de fecha 03 de marzo del 2025, el Gerente de Desarrollo Social y Humano de la MPC, eleva la propuesta de modificación del artículo primero del DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2025-AL-MPC de fecha 19 de febrero del 2025 al Gerente Municipal.
Que, mediante el documento en referencia PROVEÍDO N° 324-2025-GM-MPC, de fecha 03 de marzo del 2025, su despacho remite el expediente para la emisión de la opinión legal correspondiente.
Que, mediante Informe Legal N° 166-2025-OGAJ-MPC de fecha 05 de marzo del 2025, la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica, concluye entre otros: 1) Resulta PROCEDENTE modificar el DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2025-AL-MPC, de fecha 19 de febrero del 2025, teniendo en consideración los aspectos técnicos descritos en el INFORME N° 054-2025-SGPC-GDSYH-MPC, de fecha 03 de marzo del 2025, expedido por la Sub. Gerencia de Participación Ciudadana de la MPC, en consecuencia, EXPÍDASE el decreto de alcaldía correspondiente, conforme al numeral 6 del Artículo 20° y Artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, 2) (…), 3) PRECISAR que la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión previamente recaído en el INFORME LEGAL N° 104-2025-OGAJ-MPC, de fecha 07 de febrero del 2025, en relación a la elección de los representantes de la sociedad civil ante el CCL provincial.
Que, mediante Memorándum N° 286-2025-GM-MPC, recepcionado el 05 de marzo del 2025, de la Gerencia Municipal, en el cual remite los actuados a efectos de proceder con el acto resolutivo pertinente.
Estando a los fundamentos facticos y legales precedentemente expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 200, 39° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, contando con los vistos de la Gerencia Municipal y la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete.
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.– APROBAR la modificación el DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2025-AL-MPC de fecha 19 de febrero del 2025, por lo que se CONVOCA a ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONCEJO DE COORDINACION LOCAL DE LA PROVINCIA DE CAÑETE a realizarse el día LUNES 24 DE MARZO DEL 2025, en la Biblioteca Municipal Hipólito Unanue, San Vicente de Coñete desde las 08.00 a.m. hasta la 01.00 p.m., conforme al cronograma que se anexa al presente Decreto de Alcaldía, teniendo en consideración los aspectos técnicos descritos en el INFORME N° 054-2025-SGPC-GDSYH-MPC de fecha 03 de marzo del 2025, expedido por la Sub. Gerencia de Participación Ciudadana de la MPC.
ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social y Humano, y a la Sub Gerencia de Participación Ciudadana de la MPC y al comité electoral, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto de alcaldía, y en la Ordenanza Municipal N° 02-2025-MPC, Ordenanza que aprueba el reglamento para le elección de los representantes de la Sociedad Civil, ante el Concejo de Coordinación Local Provincial de Cañete.
ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaria General, la notificación del presente Decreto de Alcaldía a las áreas pertinentes y a la Oficina de Tecnología de la Información, Racionalización y Estadística la publicación en el portal de la Municipalidad Provincial de Cañete (www.municanete.gob.pe)
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
José Tomás Alcántara Malásquez
Alcalde