MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
ORDENANZAS
Publicado en 19/02/2025

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2024-MDM/C

Mala, 18 de diciembre de 2024

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 18 de Diciembre del 2024; Informe N°166-2024-SGFCM/GSMSCGA/MDM, con fecha de recepción 09 de mayo de 2024, de la Subgerencia de Fiscalización y Control Municipal; el Informe N°375-2024-OGAJ/MDM, con fecha de recepción 08 de agosto de 2024, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Memorándum Múltiple N°114-2024-GM-MDM, con fecha de recepción 16 de agosto de 2024, de la Gerencia Municipal; Informe N°1150-2024-GDS-MDM, con fecha de recepción 16 de agosto de 2024, de la Gerencia de Desarrollo Social; Memorándum N°557-2024-GM-MDM, con fecha de recepción, 16 de agosto de 2024, de la Gerencia Municipal; Informe N°0460-2024-GDET-MDM, con fecha de recepción 19 de agosto de 2024, de la Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo; Informe N°1158-2024-GDS-MDM, con fecha de recepción 19 de agosto de 2024, de la Gerencia de Desarrollo Social; Informe N°935-2024-GDTIT-MDM, con fecha de recepción 19 de agosto del 2024, de la Gerencia de Desarrollo Territorial, Infraestructura y Transporte; Informe N°1467-2024-GSMSCGA-MDM, con fecha de recepción 19 de agosto de 2024, de la Gerencia de Servicios Municipales, Seguridad Ciudadana y Gestión Ambiental; Informe N°278-2024-GAT-MDM, con fecha de recepción 19 de agosto de 2024, de la Gerencia de Administración Tributaria; Informe N°1486-2024-GSMSCGA-MDM, con fecha de recepción 21 de agosto de 2024, de la Gerencia de Servicios Municipales, Seguridad Ciudadana y Gestión Ambiental; Informe N° 435-2024-OGAJ/MDM, con fecha de recepción 11 de setiembre del 2024, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Memorándum N° 653-2024-GM-MDM, con fecha de recepción 11 de setiembre del 2024, de la Gerencia Municipal; Informe N° 466-2024-SGFCM/GSMSCGA/MDM, con fecha de recepción 26 de setiembre del 2024, de la Subgerencia de Fiscalización y Control Municipal; Informe N°1747-2024-GSMSCGA-MDM, con fecha de recepción 26 de setiembre de 2024, de la Gerencia de Servicios Municipales, Seguridad Ciudadana y Gestión Ambiental; Informe N° 1129-2024-GDTIT/MDM, con fecha de recepción 30 de setiembre del 2024, de la Gerencia de Desarrollo Territorial, Infraestructura y Transporte; Informe N°0639-2024-GDET-MDM, con fecha de recepción 01 de octubre de 2024, suscrito por la Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo; Informe N°1185-2024-GDTIT-MDM, con fecha de recepción 04 de octubre de 2024, de la Gerencia de Desarrollo Territorial, Infraestructura y Transporte; Informe N°1474-2024-GDS-MDM, con fecha de recepción 04 de octubre de 2024, de la Gerencia de Desarrollo Social; Informe N° 1902-2024-GSMSCGA-MDM, con fecha de recepción 11 de octubre del 2024, de la Gerencia de Servicios Municipales, Seguridad Ciudadana y Gestión Ambiental; Informe N° 0686-2024-GDET-MDM, con fecha de recepción 11 de octubre del 2024, de la Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo; Informe N° 1205-2024-GDTIT-MDM, con fecha de recepción 11 de octubre del 2024, de la Gerencia de Desarrollo Territorial, Infraestructura y Transporte; Memorándum N° 748-2024-GM-MDM, con fecha de recepción 11 de octubre del 2024, de la Gerencia Municipal; Informe N° 554-2024-OGAJ/MDM, con fecha de recepción 18 de octubre, del 2024, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Informe N° 564-2024-OGAJ/MDM, con fecha de recepción 22 de octubre del 2024; Memorándum N° 805-2024-GM-MDM, con fecha de recepción 30 de octubre del 2024, de la Gerencia Municipal; el Acta de Reunión de Mesa de Trabajo de fecha 08 de noviembre del 2024; Informe N°303-2024-AJCA-SGTTSV-GDTIT-MDM, con fecha de recepción 18 de noviembre del 2024, de la Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial; Informe N° 675-2024-SGPEA-GDET-MDM, con fecha de recepción 18 de noviembre del 2024, de la Subgerencia de Promoción Empresarial y Autorizaciones, Dictamen Nº027-2024- CAPYP-MDM, con fecha de recepción 28 de noviembre del 2024, de la Comisión de Administración, Planeamiento y Presupuesto, mediante los cuales emiten su pronunciamiento respecto del proyecto de Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Mala, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº30305, establece que las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que según lo anotado por el artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 39º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, (en adelante Ley Orgánica), precisa que: “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo”;

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley;

Que, asimismo, el artículo 46º de la Ley Orgánica, dispone que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar;

Que, el Capítulo III del Título IV del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por el Decreto Supremo Nº004-2019-JUS, dispone el Procedimiento Administrativo Sancionador de las entidades para establecer infracciones administrativas y las consecuentes sanciones a los administrados;

Que, conforme a la norma antes citada, el procedimiento administrativo sancionador, por el cual se impone sanciones a las personas que lesionen o vulneren las normas, ordenanzas municipales o, para el caso de gobiernos locales, leyes que establezcan infracciones cuya sanción se encuentre reservada a estos; deberá observar el respeto irrestricto de los derechos y garantías establecidas, para lo cual se requiere de un procedimiento garantista, en el cual el poder jurídico que permite castigar a los administrados, sea resultado de un procedimiento que cumpla las garantías previstas para imposición de una sanción administrativa;

Que, en el numeral 247.1) del artículo 247º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: “Las disposiciones del presente Capítulo disciplinan la facultad que se atribuye a cualquiera de las entidades para establecer infracciones administrativas y las consecuentes sanciones a los administrados”; asimismo, el numeral 247.2) señala que: “Las disposiciones contenidas en el presente Capítulo se aplican con carácter supletorio a todos los procedimientos establecidos en leyes especiales, incluyendo los tributarios, los que deben observar necesariamente los principios de la potestad sancionadora administrativa a que se refiere el artículo 248°, así como la estructura y garantías previstas para el procedimiento administrativo sancionador. Los procedimientos especiales no pueden imponer condiciones menos favorables a los administrados, que las previstas en este Capítulo”;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2023/VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 31199, Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos;

Que, el artículo 248º del citado Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que: “La potestad sancionadora de todas las entidades está regida adicionalmente por principios especiales”;

Que, por Ordenanza Municipal Nº 11-2021/MDM, de fecha el 28 de enero del 2021, se aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Mala;

Que, mediante Informe Nº166-2024-SGFCM/GSMSCGA/MDM, con fecha de recepción 09 de mayo de 2024, la Subgerencia de Fiscalización y Control Municipal, remite la actualización Proyecto de Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Mala, indicando la necesidad de contar con una nueva ordenanza, con la finalidad de contemplar infracciones que necesarias para el ordenamiento de los comercios y principalmente para la recuperación de espacios públicos; asimismo que permita realizar de manera eficiente la actividad de fiscalización, imposición y ejecución de las sanciones de la Municipalidad Distrital de Mala y, habiéndose analizado y socializado con cada gerencia y sub gerencia con injerencia en la aplicación de la misma, se ha obtenido un proyecto actualizado.

Que, mediante Informe N°435-2024-OGAJ/MDM, con fecha de recepción 11 de setiembre de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina que, “resulta favorable la actualización del Reglamento de Aplicación y Sanciones Administrativas (RASA), así como el respectivo Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), no obstante, esta Oficina ha realizado una reformulación al proyecto presentado por la Subgerencia de Fiscalización y Control Municipal, que no afectan el objeto principal ni el sentido del proyecto”;

Que, mediante Memorándum Múltiple N°137-2024-GM-MDM, con fecha de recepción 27 de setiembre de 2024, la Gerencia Municipal, solicitó a las áreas competentes remitan la respectiva opinión técnica sustentadora y correctiva en el marco de su competencia;

Que, mediante Memorándum Nº748-2024-GM-MDM, con fecha de recepción 11 de octubre de 2024, la Gerencia Municipal, remite los informes técnicos de las distintas unidades orgánicas de la Municipalidad, mediante el cual otorgan la viabilidad y establecen recomendaciones respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Mala, conformados por los siguientes: Informe Nº466-2024-SGFCM/GSMSCGA/MDM, de la Subgerencia de Fiscalización y Control Municipal; el Informe Nº1747-2024-GSMSCGA-MDM, de la Gerencia de Servicios Municipales, Seguridad Ciudadana y Gestión Ambiental; el Informe Nº0264-2024-AJCA-SGTTSV-GDTIT-MDM, de la Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial; el Informe Nº1129-2024-GDTIT-MDM, de la Gerencia de Desarrollo Territorial, Infraestructura y Transporte; el Informe Nº540-2024-SGPEA-GDET-MDM, de la Subgerencia de Promoción Empresarial y Autorizaciones; el Informe Nº0639-2024-GDET-MDM, de la Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo; el Informe Nº0265-2024-GDTIT-SGGRD-MDM, de la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres; el Informe Nº1185-2024-GDTIT-MDM/CRLM, de la Gerencia de Desarrollo Territorial, Infraestructura y Transporte; el Informe Nº1474-2024-GDS-MDM, de la Gerencia de Desarrollo Social; el INFORME N°758-2024-SGSC-GSMSCGA-MDM, de la Subgerencia de Seguridad Ciudadana; el Informe N°1207-2024-SGSMGA-GSMSCGA-MDM, de la Subgerencia de Servicios Municipales y Gestión Ambiental; el Informe Nº0219-2024-SGDT-GDET-MDM, de la Subgerencia de Desarrollo Turístico; el Informe Nº0686-2024-GDET-MDM, de la Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo; el Informe N°788-2024-SGDT-GDTIT-MDM, de la Subgerencia de Desarrollo Territorial; el Informe N°0565-2024-RRYC-SGI-GDTIT-MDM, de la Subgerencia de Infraestructura; el Informe N°1205-2024-GDTIT-MDM, de la Gerencia de Desarrollo Territorial, Infraestructura y Transporte;

Que, mediante Informe N°554-2024-OGAJ/MDM, con fecha de recepción 18 de octubre de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina que, resulta viable aprobar el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Mala. Asimismo, indica que, previamente y en mérito al principio de celeridad, debe recabarse el visado por parte de las áreas involucradas, en señal de conformidad con el texto final del proyecto de ordenanza. Del mismo modo, una vez que se cuente con el visado señalado en el precedente, corresponderá elevar al Pleno de Concejo Municipal el proyecto “Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS)” con todos los actuados para su pronunciamiento;

Que, mediante Acta de Reunión de Mesa de Trabajo, de fecha 08 de noviembre de 2024, convocada por los Regidores del Concejo Municipal de la Comisión de Administración, Planeamiento y Presupuesto, formularon observaciones;

Que, mediante Informe N° 303-2024-AJCA-SGTTSV-GDTIT-MDM, con fecha de recepción 18 de noviembre de 2024, la Sub Gerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial, y el Informe N° 675-2024-SGPEA-GDET-MDM, con fecha de recepción 18 de noviembre de 2024, la Sub Gerencia de Promoción Empresarial y Autorizaciones, cumplen con absolver las observaciones establecidas en el Acta de Reunión de Trabajo de fecha 08 de noviembre del 2024, con respecto al proyecto “Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS);

Que, mediante Dictamen Nº027-2024-CAPYP-MDM, con fecha de recepción 28 de noviembre del 2024, de la Comisión de Administración, Planeamiento y Presupuesto, dictamina que, “es factible elevar al Pleno de Concejo Municipal el Proyecto Ordenanza que Aprueba el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Mala”;

Que, esta propuesta ha sido debatida y analizada por el pleno del Concejo Municipal y en uso de las facultades conferidas en los artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el voto de mayoría del pleno, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL NUEVO RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RASA) Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la Municipalidad Distrital de Mala, el mismo que consta de cuatro (04) Títulos; Diecinueve (19) Capítulos y ciento dieciséis (116) Artículos, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR, el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Mala, los mismos que como anexos, forman parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO TERCERO.- APROBAR, once (11) formatos modelo para los procedimientos de infracciones y sanciones administrativas, y ocho (08) formatos modelo para los procedimientos de infracciones y sanciones de transporte, los mismos que como anexos, forman parte integrante de la presente ordenanza.

ARTÍCULO CUARTO.- DEROGAR, la Ordenanza Municipal Nº011-2021-MDM y toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.

ARTÍCULO QUINTO.- FACÚLTESE, al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, apruebe las normas complementarias, reglamentarias y demás disposiciones necesarias para la aplicación e implementación de la presente Ordenanza.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.- ENCARGAR, a la Gerencia de Servicios Municipales, Seguridad Ciudadana y Gestión Ambiental; y a la Gerencia de Desarrollo Territorial, Infraestructura y Transporte; y sus respectivas Unidades de Organización, cumplir con efectuar la difusión y campaña informativa educadora respecto a la normativa aprobada, por un periodo de quince (15) días calendario, posteriores a la publicación de la presente Ordenanza.

SEGUNDA.- La presente Ordenanza se aplicará luego de culminado el periodo difusión y campaña informativa establecida en la primera disposición transitoria.

TERCERA.- ENCOMENDAR, la Gerencia de Servicios Municipales, Seguridad Ciudadana y Gestión Ambiental; y a la Gerencia de Desarrollo Territorial, Infraestructura y Transporte; y sus respectivas Unidades de Organización, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza; y, a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, publicar la presente Ordenanza en el Diario “Matices”, así como su publicación en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Mala, por intermedio de la Oficina de Tecnologías de la Información.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Julio Marquinho Espichán Asín

Alcalde

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