EDICTO
Novedades
Publicado en 19/01/2024

Por ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha el Dr. Oscar Raúl Cahuana Cahuana y Secretario Manuel R. Vargas Sánchez, en el Exp. Nº 00279-2023-0-0801-JR-CI-02 se ha expedido la resolución Nº 02 de fecha 13 de Julio del 2023, mediante el cual se ha resuelto lo siguiente: 1º) Téngase por subsanada y admítase a trámite la demanda interpuesta por GABRIELA LUCÍA GARCÍA ESCUDERO contra CASUARINAS DE CAÑETE BELTRAN PEDRAZ Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO, debiendo tramitarse en la vía del proceso abreviado. 2º) Téngase por ofrecido los medios probatorios de la parte demandante, reservándose su admisibilidad y/o procedibilidad para el estadio procesal correspondiente; asimismo, presente su domicilio real, procesal y casilla electrónica, lugar donde se le hará llegar las ulteriores resoluciones. 3º) Córrase traslado de la presente demanda a la demandada CASUARINAS DE CAÑETE BELTRAN PEDRAZ Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para que en el plazo de diez días conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; sin perjuicio de ello notifíquese a través de los edictos judiciales para que en el plazo de treinta días se apersonen al proceso y contesten la demanda, bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal en caso de incumplimiento; 4º) Notifíquese a los colindantes del predio materia de la presente demanda Prescripción Señores Ramón Rivera López, Heraldo Ruíz Varillas y Luz del Sur, con copia de la demanda, anexos, escrito de subsanación de demanda y auto admisorio a fin de que absuelvan lo pertinente si lo consideren necesario.

San Vicente de Cañete, 18 de Enero de 2024.

Manuel Rigoberto Vargas Sánchez

Segundo Juzgado Civil Permanente de Cañete

Corte Superior de Justicia de Cañete

Publicar: 19, 25 y 31 de Enero de 2024.

Comentarios