ACUERDO DE CONCEJO Nº 170-2023-MPC Cañete, 22 de diciembre de 2023
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre de 2023, Oficio N° 468-2023-SG-MDM de fecha 29 de noviembre de 2023 de la Municipalidad Distrital de Mala, Informe Legal N° 813-2023-OGAJ-MPC de fecha 06 de diciembre de 2023 de la oficina General de Asesoría Jurídica, Carta N° 087-2023-SG/MDM de fecha 15 de diciembre de 2023 emitido por la Municipalidad Distrital de Mala, Informe N° 0800-2023-DASB-GAT/MPC de fecha 15 de diciembre de 2023 de la Gerencia de Administración Tributaria, Memorándum N° 2607-2023/GM-MPC de fecha 18 de diciembre de 2023 de la gerencia Municipal, Dictamen N° 044-2023-MPC-CPEAM de fecha de recepción 21 de diciembre de 2023, y;
CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica antes mencionada, la autonomía (que la Constitución establece para las municipalidades) radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Art. 195° numeral 4 de nuestra Carta Magna, concordante con el artículo 40° de la acotada Ley Orgánica de Municipalidades y con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único del Código tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF señala que mediante ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley;
Que, el Art. 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo”;
Que, la cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF y su modificatoria, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinado de tributos y de recibos de pago, así como su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dicho servicio no más del 0.4% de la UIT vigente al 01 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de las declaraciones juradas;
Que, mediante Ordenanza N° 022-2015-MPC de fecha 15 de diciembre de 2015 se aprueba el procedimiento de ratificación de Ordenanzas distritales para la Provincia de Cañete, estableciéndose el plazo de presentación, los requisitos, los aspectos técnicos, entre otros;
Que, del mismo modo el artículo 7° de la Ordenanza N° 022-2015-MPC respecto a los requisitos específicos por Tipo de Tributo, el numeral 7.3. establece:
a) Informe Técnico, el cual deberá brindar información sobre el número de contribuyentes a quienes se les prestará el servicio, el número de predios, el detalle de los rubros que comprende el servicio de emisión mecanizada y la explicación de la metodología de distribución empleada.
b) El cuadro de estructura de costos, anexo a la Ordenanza respectiva, presentado en forma desagregada y detallada, el cual deberá ser elaborado conforme a los lineamientos y formatos establecidos en la Directiva de metodología de costos aprobada por la MPC.
c) El cuadro de estimulación de ingresos anuales, de acuerdo a la metodología establecida para la determinación del derecho respectivo.
Que, con oficio N° 468-2023-SG-MDM de fecha 29 de noviembre de 2023 de la Municipalidad Distrital de Mala, remite la presentación de documentos para notificación de la Ordenanza Municipal N° 032-2023-MDM/C por parte del Concejo Municipal Provincial;
Que, mediante Informe Legal N° 813-2023-OGAJ-MPC de fecha 06 de diciembre de 2023 emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica opina: 4.2) que, por superadas las observaciones anotadas precedentemente, es factible elevar los presentes actuados al Pleno del Concejo Municipal para deliberar y determinar la ratificación de la Ordenanza Municipal N° 032-2023-MDM/C, de fecha 24 de noviembre de 2023, por el cual se establece la tasa por el servicio de estacionamiento vehicular temporal en el cercado del distrito de Mala, previa derivación a la comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal para la emisión del dictamen correspondiente;
Que, con Carta N° 087-2023-SG-MDM de fecha 15 de diciembre de 2023 emitido por la Municipalidad Distrital de Mala remite las subsanaciones de observaciones;
Que, con Informe N° 0800-2023-DASB-GAT/MPC de fecha 15 diciembre de 2023 emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas, remite a la Gerencia Municipal la subsanación de observaciones de la Ordenanza Municipal N° 032-2023- MDM;
Que, mediante Memorándum N° 2607-2023/GM-MPC de fecha 19 de diciembre de 2023 menciona que sea elevado a la Comisión de Planificación, Economía y administración Municipal para su evaluación y deliberación correspondiente, y posteriormente sea elevado al Pleno de Concejo Municipal;
Que, mediante Dictamen Nº 044-2023-MPC-CPEAM, con fecha de recepción 21 de diciembre de 2023, la Comisión de Planificación, Economía y administración Municipal concluye: “Por las consideraciones expuestas, la comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal, recomienda que se acoge a función de los Informes técnicos de las áreas correspondientes y de informe legal, donde dictamina lo siguiente: ARTICULO PRIMERO. - RESULTA FACTIBLE que el Pleno de Concejo Municipal Provincial de Cañete, PREVIO DEBATE, pueda APROBAR, “LA RATIFICACION de la Ordenanza Municipal N° 032-2023-MDM/C, que: “ESTABLECE LA TASA POR EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL CERCADO DEL DISTRITO DE MALA”, ARTICULO SEGUNDO. - DERIVARSE los actuados al Pleno de Concejo Municipal para su deliberación y determinación;
Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los señores regidores; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;
SE ACORDÓ:
ARTÍCULO 1º.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal N° 032-2023-MDM/C de fecha 24 de noviembre de 2023, que: “ESTABLECE LA TASA POR EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL CERCADO DEL DISTRITO DE MALA”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo.
ARTÍCULO 2º.- REMITIR copia certificada del Acuerdo de Concejo para su publicación correspondiente bajo responsabilidad exclusiva de la Municipalidad Distrital de Mala, de conformidad el Art. 15° de la Ordenanza Nº022-2015-MPC de fecha 15 de diciembre de 2015, procedimiento para Ratificación de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Cañete.
ARTÍCULO 3º.- DISPONER que la aplicación de los procedimientos establecidos en la Ordenanza Municipal N° 032-2023-MDM/C, materia de ratificación es de responsabilidad exclusiva de la Municipalidad Distrital de Mala.
ARTÍCULO 4º.- Notificar el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de Mala y a las unidades orgánicas que corresponda para los fines correspondientes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Josè Tomàs Alcàntara Malàsquez Alcalde.