PRESENTACIÓN INCORRECTA DE ANEXO 1 MOTIVA IMPROCEDENCIA DE CANDIDATURAS Explicó que la firma y fecha de este documento debe ser igual o posterior a la del llenado de las hoja
Perú
Publicado en 12/09/2022

La presentación del Anexo 1, sin cumplir con lo establecido en los reglamentos de inscripción tanto del ámbito regional y municipal, motivó la declaración de improcedencia de las correspondientes candidaturas o listas de candidatos a las Elecciones Regionales y Municipales (ERM), precisó Alonso Encarnación Ramírez, abogado de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). 

En entrevista con JNETV, el especialista indicó que el Anexo 1, que se debió acompañar a la Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) y al formato de solicitud de inscripción de listas y fórmulas de candidatos, implica que cada candidato se compromete o acepta en primer lugar postular por determinada organización política, pero a la vez da fe de que los documentos o información declarada es veraz y actual.

“Por ello se exige como un requisito de este formato que la firma y la fecha sea igual o posterior a la del llenado de la Declaración Jurada de Hoja de Vida”, manifestó.

Refirió que cada Jurado Electoral Especial (JEE) distribuido en todo el país evalúa el cumplimiento del requisito de las firmas y fechas, tal y como lo establecen los reglamentos de inscripción de las nóminas tanto para el ámbito regional como municipal. 

Encarnación Ramírez explicó que, si no se cumplía con el requisito de la firma del Anexo 1 en fecha igual o posterior a la DJHV, el JEE le daba un plazo de tres días calendario al personero legal de la organización política para que subsane este error. “Si no lo cumplía, de acuerdo con lo establecido en los reglamentos, se declaraba la improcedencia de la candidatura o de los candidatos involucrados”, remarcó.

Precisó que la DJHV contiene todos los requisitos o datos que la Ley de Organizaciones Políticas exige a los candidatos a declarar, entre ellos su formación profesional, desempeño laboral, sentencias condenatorias firmes referidas a materia penal, laboral y civil; así como los bienes muebles, inmuebles, rentas, acciones, participaciones, entre otros.

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